Presentación de cuentas de campaña Elecciones Seccionales 2014

Cronograma de capacitaciones a los RME y contadores

NORMATIVA VIGENTE PARA LA PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CUENTAS ELECCIONES SECCIONALES 2014

1.- Constitución de la República del Ecuador icon-pdf
2.- Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Política de la República del Ecuador, Código de la Democracia icon-pdf
3.- Codificación al Reglamento para el Control del Financiamiento, Propaganda y Gasto Electoral icon-pdf
4.- Circular emitido por el SRI para campañas electorales icon-pdf
5.- Límites del gasto electoral para las diferentes dignidades del proceso Elecciones Seccionales 2014:  
  1.- Prefectos icon-pdf
  2.- Alcaldes  icon-pdf
  3.- Concejales icon-pdf
  4.- Juntas Parroquiales icon-pdf
6.- Formatos documentos contables autorizados por el CNE:  
  1.- Vale de caja chica  icon-pdf
  2.- Reposición y/o liquidación del fondo fijo de caja chica icon-pdf
  3.- Arqueo de caja chica icon-pdf
  4.- Comprobante de ingreso icon-pdf
  5.- Comprobante de egreso  icon-pdf
  6.- Liquidación de fondos de campaña electoral  icon-pdf
  7.- Listado de contribuyentes de la campaña electoral  icon-pdf
  8.- Comprobante de recepción de contribución y aportes  icon-pdf
7.- Sistema de Rendición de Cuentas:  
  1.- Descargar Software   
   2.-  Descargar manual del Administrador   
   3.-  Descargar manual del usuario   
     

Información de las Circunscripciones Electorales

Las nuevas circunscripciones se ejecutarán en 13 cantones, 10 provincias, en base al último censo poblacional del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

CANTONESCONCEJALES URBANOSCIRCUNSCRIPCIONES A DIVIDIRDISTRIBUCIÓN
Quito 15 3 5,5,5
Guayaquil 14 3 5,5,4
Durán, Santo Domingo 11 2 6,5
Machala, Cuenca y Manta 10 2 5,5
Loja y Portoviejo 9 2 5,4
Riobamba, Milagro; Quevedo y Esmeraldas 8 2 4,4

El Código de la Democracia establece la división por circunscripciones de los cantones con mayor población y permite garantizar de mejor forma la representatividad de las dignidades en relación a su territorio y pobladores.

El artículo 156 de la misma Ley establece que los Concejos Municipales estarán integrados por 15 concejales cuando los municipios tienen más de 400.000 habitantes; 13 cuando tienen más de 300.000 habitantes; 11 cuando la población es de más de 200.000 habitantes; nueve y siete, cuando hay 100.000 y 50.000 personas, respectivamente.

Delegaciones Provinciales

CONTACTO


Av. 6 de Diciembre N33-122 y Bosmediano
Quito - Pichincha - Ecuador
(593-2) 381-5410 ext 10 - 11 - 12
atencionalciudadano@cne.gob.ec


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